Observaciones sobre la aplicación del artículo 28 del código penal colombiano

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R. Darío Restrepo Londoño

Resumen

APUNTES SOBRE LA IRA


El sentimiento de la ira que tiene su origen, generalmente, en el miedo, es en muchos casos un aliado también de éste. No es la ira otra cosa ·que la expulsión de un malestar letal hacia el exterior, para desembarazar la psiquis de un cúmulo de sentimientos, de afectos y desafectos y de tendencias que de manera espontánea en los casos patológicos o de manera provocada en otros se han almacenado en el individuo y lo llevan a reacciones en que la ira es la principal actora.

Palabras clave:
Código Penal - Colombia Derecho penal

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