Régimen carcelario en Pio XII

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J. Dertansan

Resumen


Se puede hablar de una doctrina pontificia carcelaria. En cuatro discursos pronunciados el 30 de diciembre de 1951 el primero, y el 26 de mayo de 1957 el último, el Papa penalista expone las bases sólidas del derecho carcelario.


La doctrina del Papa, ha de ser estudiada por "los que ejercen una función activa de dirección en la asistencia a los detenidos" (Disc. De 1957); ha de ser asimismo asimilada por el preso, el cual "se tornará en artífice consiente de la propia resurrección moral y se adjudicará el honor de ministro de la soberana justicia de Dios". (Disc. de 1957) ; ha de ser así mismo asimilada por el preso, el cual porque "todo hombre honrado ha de inclinarse ante aquel que habiendo antes caído, quizás en un momento de desvarío, sabe luego por el sufrimiento redimirse y resucitar". (Disc. de 1951).


Palabras clave:
Pío XII, Papa, 1876 - 1958 - Proclamas y discursos Régimen carcelario

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