Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral
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Resumen
Contenido: Pensiones voluntarias. Reajustes. Artículos 1o. y 2o. de la Ley 4a. de 1976.
La pensión vitalicia de retiro reconocida por el patrono al trabajador tiene la misma naturaleza de la pensión de jubilación que impone la ley a cargo del empleador cuando el asalariado cumple las condiciones de edad y tiempo de servicios exigidos por ella para poder disfrutarla... aun en la hipótesis de que el empresario al conceder voluntariamente la pensión diga obrar ''a título de liberalidad, porque de todos modos nació para el antiguo servidor una prerrogativa vitalicia de recibir la pensión ... "
Palabras clave:
Pensiones - Legislación - Colombia