Inhabilidades e incompatibilidades de los comerciantes
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En algunas ocasiones las conveniencias sociales indican que es prudente prohibirle a determinadas personas, que ocupan algunos cargos, la realización de actos mercantiles, caso en el cual nos encontramos frente a una incompatibilidad; en otras ocasiones, por consideraciones que se refieren exclusivamente al propio interesado la Ley le prohíbe negociar profesionalmente, por cuanto de no ser así se podría ver atacada la moralidad, honestidad y rectitud de las prácticas comerciales, caso en el cual nos encontramos en presencia de una inhabilidad.
Así entonces el tema de la inhabilidad y de la incompatibilidad de los comerciantes tiene por finalidad exclusiva la defensa del comercio y de la honestidad en su ejercicio o de la rectitud, imparcialidad y consagración con que deben actuar determinados funcionarios públicos.
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