Extradición: Corte Suprema de Justicia. Jurisprudencia Penal

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Gustavo Gómez Velásquez

Resumen

Fundamento objetivo y límites de la extradición. 


CAMBIO DE DOCTRINA 


Si nada se sabe sobre este particular o se desconoce su paradero, o es posible deducir por las iniciales indagaciones que está fuera del territorio colombiano, la Corte debe inhibirse en la formulación de su concepto. Otro tanto ocurre cuando no ha sido posible determinar la identidad física del requerido y está en duda si se trata de la misma persona autora o cómplice del hecho o hechos delictuosos que motivan el pedimento de la extradición. 


El instituto traduce para el delincuente la seguridad de saber que su conducta, vaya donde vaya, no quedará impune, pero a su vez, no permite negar garantías fundamentales de procedimiento ni desentenderse de los derechos humanos, ni establecer una doble sanción para el mismo comportamiento.

Palabras clave:
Extradición - Colombia Habeas corpus

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