El consentimiento del sujeto pasivo : de la infracción a la ley penal
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Resumen
Desde el momento mismo en que el Legislador Colombiano ha plasmado en el inciso primero del artículo 1502 del Código Civil, la idea desde antaño aceptada según la cual "el consentimiento" es uno de los elementos esenciales para la existencia de todo acto o negocio jurídico, mucha tinta ha corrido de parte de los tratadistas y doctrinantes nacionales, y con ellos, de los encargados de la administración de justicia en nuestro medio, siguiendo de cerca las ilustraciones y criterios tanto de la doctrina como de la jurisprudencia extranjera, en orden a la explicación, justificación y entendimiento de este componente jurídico. No obstante, si bien mucho se ha pensado, dicho y escrito en torno del "consentimiento" en las ramas civiles del Derecho. es lo cierto que relativa y comparativamente poco es lo que sobre el mismo punto se ha expresado en el ámbito de la teoría del delito, afirmación esta que se acentúa en cuanto a su va lidez, cuando hacemos referencia al sujeto pasivo de esa conducta anticipadamente evaluada como infractora del orden jurídico penal, esto es, al consentimiento de la víctima delictual.