Interpretación de leyes claras
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Resumen
Cómo interpretar la disposición clara de una ley, si el código civil, en su artículo 27, enseña que "cuando el sentido de la ley sea claro, no se desatenderá su tenor litearal a pretexto de consultar su espiritu"?
Champeau y Uribe, en su "Tratado de Derecho Civil Colombiano" tomo I, número 127, al comentar el aludido precepto del código civil, observan: "Con todo, esta regla no es tan absoluta que no admita excepciones. Hay casos, efectivamente, en los cuales es cierto que el legislador no dijo lo que quería decir: cometió un error, y aunque el sentido del texto legal sea claro, es imposible aceptar ese sentido, porque se sabe, sin que haya lugar a duda, que otra fue la idea del legislador. En tal caso, no cabe aplicar el artículo 27". (...)