La iglesia como persona jurídica de derecho interno

Contenido principal del artículo

Félix Mejía Aranzazu

Resumen


(Parte Segunda de la Tesis de grado presentada por su autor para optar el título de doctor en Derecho Ciencias Políticas).


Capítulo I


Introducción


En derecho, las personas pueden ser naturales o jurídicas. Las primeras son los individuos de la especie humana, que existen por sí, sin necesidad de previo reconocimiento de la ley. Las segundas, según el artículo 633 de nuestro estatuto civil, son personas ficticias, capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representadas tanto judicial como extrajudicialmente. Se han conocido también con el nombre de "personas morales", pero desde Savingy se las llama "personas jurídicas". (…)


Palabras clave:
Iglesia Católica Derecho civil Personas jurídicas

Detalles del artículo