Filiación natural

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Gonzalo Gómez Osorio

Resumen

La investigación de la paternidad natural esta admitida por la generalidad de las legislaciones extrajeras. En Chile mismo la investigación de la paternidad natural estaba autorizada por las leyes españolas, particularmente por las leyes de Toro, las cuales rigieron hasta el 1° de enero de 1857, fecha en que entró en vigencia el Código de la República, obra en su mayor parte de don Andres Bello. Ahora, el legislador de la vecina República vuelve por los fueros de la justicia después de 95 años de prohibición de la investigación de la paternidad natural con la aprobación de la ley chilena 10.271 de 1952 que comentaré más adelante.

Palabras clave:
Filiación natural Hijos naturales - Aspectos jurídicos Código civil colombiano

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