Nuevos elementos del consentimiento matrimonial
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Resumen
Dice el Canon 1081: "1° - El matrimonio lo produce el consentimiento entre personas hábiles según derecho, legítimamente manifestado; consentimiento que por ninguna potestad humana puede suplirse".
"2° - El consentimiento es el acto de la voluntad por el cual ambas partes se dan y aceptan el derecho perpetuo y exclusivo sobre el cuerpo en orden a los actos que de suyo son aptos para engendrar prole".
Palabras clave:
Matrimonio Consentimiento (Derecho)