La huelga en el orden jurídico

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Alberto Londoño González

Resumen

(Este artículo corresponde al Capítulo IV de la tesis "Consideraciones sobre el Derecho de Huelga" presentada por su autor para recibir su título doctoral en la Facultad de Derecho de la U.P.B.).


A base de cultura el hombre ha ido saliendo de cierto estado de animalidad y se ha impuesto el deber de declinar su derecho de hacerse justicia por sus propias manos para depositarlo en la autoridad llámase ésta pater familias, jefe de tribu, clan o Estado.


Ese derecho de función privada pasó a ser función pública.


"El Estado, afirma Trigo García, no puede desentenderse de los conflictos laborales - sobre todo en las huelgas - por las graves implicaciones y funestas consecuencias que se derivan de las mismas".

Palabras clave:
Huelgas - Colombia

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