Tribunal superior. Sala Penal de Decisión
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Resumen
Aprobado en sesión de hoy, según acta 110
Medellín, tres de diciembre de mil novecientos ochenta y dos.
VISTOS:
Este proceso llegó al tribunal por apelación de la sentencia del 10 de febrero de 1982, por medio de la cual, atendiendo las respuestas dadas a los cuestionarios en el consejo de guerra verbal, el Comando de la Cuarta Brigada condenó a los estudiantes sindicados FERNANDO NICOLAS MONTES ZULUAGA y JUAN GUILLERMO BENJUMEA GARRO, a la pena de 24 años de prisión para cada uno, como infractores del Decreto 1923 de 1978, artículo 5º.. En la misma providencia, y en atención a las pertinentes disposiciones del Código de Justicia Penal Militar, se dio aplicación al artículo 163 del C. de P. P. con relación a los otros dieciocho sindicados del proceso, resolución sometida a consulta. En el trámite de la instancia se presentaron alegaciones de absolución, anulación o contraevidencia de los veredictos por parte de los señores defensores, ratificadas por el señor Fiscal Segundo del Tribunal, quien demanda también la aplicación del citado artículo 163 para los dos condenados.