Origen del sistema "A L A"

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Jairo Álvarez Jaramillo

Resumen

ANALISIS: 


En el año de 1979, el Instituto de Seguros Sociales a través de las Resoluciones 512 y 513, estableció un procedimiento para el cruce de cuentas entre la facturación por las cotizaciones del seguro de Enfermedad General y Maternidad (EGM), y del seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional (ATEP) y los subsidios que por el mismo seguro pagan las empresas autorizadas. En el presente año, mediante acuerdo No. 007 emanado del Consejo Nacional de los Seguros Obligatorios, se creó en el Instituto de Seguros Sociales, el Sistema de Auto Liquidación de Aportes "A L A", aprobado por Decreto 1465 de 1982. 


En primera instancia, este sistema es obligatorio para los patronos inscritos en el ISS que a junio 1o. de 1982, tengan registrados ante el Instituto de Seguros Sociales 200 o más afiliados entre trabajadores y pensionados, bajo uno o varios números patronales o que posteriormente, lleguen a tener dicha cantidad. El Decreto establece además, que cualquier patrono podrá acogerse a él, previa solicitud por escrito y aceptación por parte del ISS.

Palabras clave:
Autoliquidación de aportes (ALA) Decreto 1465 de 1982 - Colombia

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