Responsabilidad civil parental por acoso escolar del hijo menor de edad en Colombia

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Lina Marcela Estrada Jaramillo
Natalia Andrea Pérez Rendón
Jennifer Saldarriaga Vanegas
David Herrera Castañeda
Diana Alexandra Díaz Hurtado

Resumen

El nacimiento de un hijo implica para los padres responsabilidades de índole moral, económica y educativa, derivadas del deber de solidaridad y dependencia familiar. Tal calidad les impone el deber jurídico concreto de vigilancia y educación del hijo menor de edad, que adquiere mayor relevancia frente a la situación de acoso escolar, puesto que pone en juego la digni­dad humana y demás derechos de los menores de edad implicados. Surgiendo, entonces, la responsabilidad civil de los padres de carácter subjetiva y extracontractual por el hecho ajeno al fallar en el cumplimiento del deber parental; es decir, los padres responden por el hecho dañoso causado por el hijo acosador menor de edad, y se fundamenta en la presunción de culpa por mala vigilancia o en la culpa probada por mala educación. Con el presente trabajo se pretende aclarar inquietudes surgidas en torno a dicha problemática, partiendo del análisis del vínculo de la relación parental como fuente de obligaciones, y la responsabilidad frente al hecho dañoso del hijo acosador, la imputación del daño, la culpa y el nexo de causalidad.

Palabras clave:
Acoso escolar Responsabilidad civil Hijos Solidaridad parental

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