Seguros de vida a cargo de los patronos y del ISS

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Luciano Barrientos García

Resumo


El artículo 22 del Decreto 2351 de 1965 recogió la prestación sobre seguro de vida existente en la Legislación Laboral colombiana y la condicionó a que estuviese a cargo de los patronos "MIENTRAS EL INSTITUTO COLOMBIANO DE SEGUROS SOCIALES ASUME ESTE RIESGO". En la mencionada norma se limitó el seguro de vida a $ 30.000.oo, y a $ 60.000.oo, en los casos de muerte del trabajador por accidente de trabajo o por enfermedad profesional. 


Recientemente la Ley 11 de 1984 modificó en su artículo 13 la norma del 2351 elevando los topes hasta un valor igual a 100 veces el salario mínimo mensual más alto y hasta 200 veces el mismo salario en los casos de accidente de trabajo y de enfermedad profesional.


Palavras-chave:
Seguros de vida - Legislación - Colombia, Legislación laboral

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